12-12-2013  (3443 ) Categoria: Articles

Espanya contra Catalunya - Article

No m’agraden els articles victimistes, però hi ha un moment que se t’inflen les pilotes de llegir i escoltar collonades. Espanya contra Catalunya. Tant costa d’entendre? Tan pobres d’esperit se senten els partidaris de la unitat d’Espanya que no poden defensar-la sense negar-ne o relativitzar-ne el llegat? La majoria de transcripcions d’aquest recull estan extretes del llibre de Francesc Ferrer Gironès, La persecució política de la llengua catalana.

“Con la sola diferencia que como antes todo lo judicial se actuaba en Lengua Catalana, se escriba en adelante en idioma Castellano o Latín” Instrucción secreta del Consejo de Castilla, 1716

“Nos complacemos mucho que todos nuestros religiosos entre si hablen en castellano y a todos los hermanos HH. Cl. mandamos hablen entre si y con los demás, o en latín, o en castellano, so pena de pan y agua por cada vez que tuviesen con los nuestros conversación tirada en catalán.” Article 10 del Capítol Provincial de Decret de Visita als Escolapis, 1751

Manda el Maestro de La Bisbal a todos sus discípulos que en adelante hablen y repitan los libros en lengua Castellana; previniendo que no mirará con indiferencia los defectos que en este asunto se cometieren, pues no son dignos de compasión, los que con todas sus potencias no cumplen la voluntad de nuestro Amabilísimo Monarca.” Francisco Fina, Ordre del mestre de La Bisbal, 1768

“Por lo cual mandamos se guarde a esa Universidad la privativa de imprimir los libros que se contienen en la relacion que a presentado y va inserta: entendiéndose la impresión solamente en Castellano y Latin, pero no en Catalán, y que nadie pueda benderlos en ese Principado sin origen de esa Universidad…” Consejo de Castilla, Carta de 20 de març de 1773

“No se duda que Cataluña paga en tributos, aun fuera de las leyes de la proporción, mas que cualquiera otra provincia…” Francisco Mariano Nifo, “Estafeta de Londres”, Carta Tercera, Madrid 1779

“En ningún Teatro de España se podran representar, cantar, ni baylar piezas que no sean en idioma castellano”. Manuel de Godoy, Instrucciones para el arreglo de teatros y compañias cómicas fuera de la Corte, 11 de març de 1801

“Pedimos al Congreso se digne a resolver que el Gobierno ponga sobre la mesa las comunicaciones de las autoridades de Cataluña, relativas a los fusilamientos y deportaciones sin formación de causa, así como las reales órdenes que el Gobierno ha comunicado a las mismas autoridades, autorizándolas para que continue allí indefinidamente el estado excepcional” Joan Prim, 1851, a les Corts.

“En vista de la comunicación pasada a este Ministerio por el censor interino de teatros del Reino con fecha 4 del corriente, en la que se hace notar el gran número de producciones dramáticas que se presentan a la censura escritas en los diferentes dialectos, y considerando que esta novedad ha de influir forzosamente a fomentar el espíritu autóctono de las mismas, destruyendo el medio más eficaz para que se generalice el uso de la lengua nacional, la Reina (q.D.g.) ha tenido a bien disponer que en adelante no se admitirán a la censura obras dramáticas que estén exclusivamente escritas en cualquiera de los dialectos de las provincias de España.” Luis González Bravo, Ministro de la Gobernación, Real Orden de 15 de gener de 1867.

Es prohibeix parlar en català per telèfon. 1896

“Los Maestros y maestras de instrucción primaria que enseñasen a sus discípulos la doctrina cristiana u cualquiera otra materia en un idioma o dialecto que no sea la lengua castellana, serán castigados por primera vez con amonestación por parte del Inspector provincial de primera enseñanza, quien dará cuenta del hecho al Ministerio del ramo; y si reincidiesen, después de haber sufrido una amonestación, serán separados del Magisterio oficial, perdiendo cuantos derechos les reconoce la Ley.” Article 2on del Real Decreto de 21 de novembre de 1902, Alfonso XIII y el Ministro de Instrucción Pública, Conde de Romanones.

“Si el Estado no impusiera el castellano en toda España, los dialectos se impondrían al castellano.” Miguel de Unamuno, diari El mundo, 2 de febrer de 1907

“Habiendo llegado a este Gobierno Civil, en forma que no deja lugar a dudas, que determinados elementos han convertido la sardana “La Santa Espina” en himno representativo de odiosas ideas y criminales aspiraciones, escuchando su música com el respeto y reverencia que se tributan a los himnos nacionales, he acordado prohibir que se toque y cante la mencionada sardana en la vía pública, salas de espectáculos y sociedades en las romerías o reuniones campestres, preveniendo a los infractores de esta orden que procederé a su castigo con todo rigor.” Circular del Gobernador Civil de Barcelona, general Losada, La Vanguardia, 5 de setembre de 1924

“Se me ha querido demostrar lo difícil que resulta enseñar en castellano a niños que no comprenden nuestro idioma. En ninguna razón de indiscutible fuerza se apoya el argumento. Mi convencimiento es este punto es tan retundo, tan irrevocable, que una de dos: o todos los maestros sin excepciones enseñan en correcto castellano con inquebrantable tesón patriótico o al convencerme plenamente de que no se hará así, propondré al Directorio militar, que puede hacerlo, emplee sus facultades insuperables, con estatutos o sin ellos, traslade en masa a los incorregibles, sustituyéndoles inmediatamente por maestros castellanos.” Juan de Urquía, Gobernador Civil de Girona, La Veu de Catalunya, 7 de novembre de 1924

“Hablar de nacionalidades oprimidas –perdonadme la fuerza, la dureza de la opresión—es sencillamente una mentecatada; no ha habido nunca semejante opresión, y lo demás es envenenar la Historia y falsearla.” Intervenció del diputat Miguel de Unamuno en el debat de l’Estatut a les Corts, Madrid 2 de juliol de 1932.

“Ustedes creen que hemos hecho la guerra para que el catalán vuelva a ser de uso público?” Felipe Acedo Colunga, Gobernador Civil de Barcelona, 1952

“Tratándose de españoles los nombres deberán consignarse en castellano.” Art. 54 del Proyecto de Ley de regulación del Registro Civil, 8 de juny de 1957

Etcetera…




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